Este decreto-ley tiene por objeto impulsar la creación de empleo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, activando el mercado de trabajo mediante la mejora de la empleabilidad, el fomento de la inserción laboral y la creación y consolidación del trabajo autónomo.
Con este fin, se aprueban las siguientes medidas:
a) Programa Emple@Joven y Emple@25+.
b) Programa para la contratación indefinida de personas mayores de 45 años.
c) Programa para el retorno del talento.
d) Programa de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo.
Entre las modificaciones introducidas en el decreto, en relación a los Programas Emple@Joven y Emple@25+, las personas solicitantes del Bono Empleo Joven que se encuentren entre los 18 y 24 años deberán estar inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (Art. 34.1).
Así pues, para las personas comprendidas entre los 25 y los 29 años, el procedimiento será el mismo que se venía realizando hasta ahora.
La inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil se podrá realizar telemáticamente desde aquípara los solicitantes que dispongan de certificado digital.
Si no es así, deberán descargar un impreso en dicha página y solicitar sus claves en la oficina del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) que le corresponda.
Por tanto, los trabajadores entre 18 y 24 años no tendrán que concertar una entrevista con los orientadores laborales, tal y como se venía haciendo hasta ahora.
¿Cuáles son los requisitos para ser titular de un Bono Empleo Joven?
Tendrán la condición de titulares de un Bono de Empleo Joven, las personas, entre 18 y 29 años, que estén en posesión de alguna de las siguientes titulaciones, obtenidas dentro de los cinco años anteriores al último día de plazo de la presentación de la solicitud de ayuda por parte de la entidad empleadora:
- a) Titulación universitaria oficial o titulación en enseñanzas artísticas superiores.
- b) Titulación de formación profesional inicial o bachiller, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas.
- c) Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Serán los empleadores los responsables de confirmar que se cumplen los requisitos (edad, inscripción en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en su caso y titulación) para realizar la solicitud. Confirmados éstos, podrá realizar el contrato y dirigirse a la ventanilla electrónica para solicitar la subvención correspondiente al Bono Empleo Joven.
Para cualquier aclaración que desee realizar puede contactar con nosotros a través de nuestra línea gratuita 900 101 694.