Todas las comunidades autónomas de España incrementarán la contratación en la Semana Santa de este año respecto a los años anteriores.
Según los datos facilitados, Andalucía generará 35.000 contratos, seguida de Cataluña con 21.320, Madrid (17.560) y Comunidad Valenciana (16.790). Estas provincias concentrarán el 56% de todos los contratos previstos para Semana Santa en todo el territorio nacional.
Zaragoza, Cádiz y Cuenca alcanzarán un de un 18,6%, un 17,4% y un 16,2%, respectivamente. Sin embargo, Lugo es la única provincia española que en la que desciende la contratación en Semana Santa.
El turismo, principal motivo del aumento en las contrataciones
La estacionalidad permitirá que las empresas demanden nuevos trabajadores durante Semana Santa para cubrir las necesidades al haber un aumento masivo de clientes.
El aumento del turismo, es uno de los principales motivos del incremento de la contratación durante el mes de abril en 2017 donde la mayoría de los negocios dedicados a la hostelería, requieren perfiles con cierta experiencia así como un conocimiento de idiomas debido al turismo internacional.
La contratación temporal será la modalidad más utilizada por las empresas
La necesidad de contratar por parte de las empresas debido a un incremento de su producción durante el periodo de Semana Santa, hace que los contratos que se realicen sean temporales, generalmente de obra o servicio.
A la hora de contratar a un trabajador es fundamental que la empresa se plantee la duración que va tener el contrato de trabajo en función de las necesidades de producción. Una vez determinada la jornada que va a desempeñar el trabajador, es aconsejable que el empresario reciba un asesoramiento adecuado para elegir cuál es la fórmula de contratación más idónea, de forma que aparte de satisfacer las necesidades de producción sea rentable para la empresa.
Existen diversos incentivos que pueden aplicarse a los contratos temporales, como el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa. Este tipo de incentivo será de aplicación también a los contratos indefinidos, sin embargo los contratos en prácticas y los contratos para la formación el aprendizaje quedan excluidos.
Además, la nueva normativa que simplifica los requisitos para ser beneficiario del Sistema nacional de Garantía Juvenil, permite que la jornada laboral de aquellos jóvenes inscritos en la Garantía Juvenil sea del 75%, en lugar del 50% a la hora de hacerle un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.
Si estás interesado en conocer más información sobre este incentivo puedes acceder anuestra web.
Importante: Cuando se tramite el alta en el IDC no aparecerá la bonificación que se puede aplicar la empresa (100% sobre las contingencias comunes de los Seguros Sociales si tiene una plantilla inferior a 250 trabajadores (75% si es superior)) ya que internamente deben cruzar los datos Seguridad Social y el Fichero Nacional de Garantía Juvenil confirmando así que el trabajador cumple los requisitos de acceso al fichero.
Cuando Seguridad Social confirme que el trabajador está inscrito en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil cambiará automáticamente la clave de beneficios en el alta del trabajador, reflejándose así en el IDC las bonificaciones correspondientes, por lo que deben revisarlo en los próximos días.
Recomendamos que hasta que el trabajador no reciba el justificante que certifica que cumple los requisitos y está inscrito en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil no se tramite el alta con este requisito, esperado a recibir el certificado que puede tardar unos días desde la solicitud del mismo.
Puede obtener más información para la inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenildesde AQUÍ.
SÓLO HAY QUE SEÑALAR EN LA CASILLA BENEFICIOS EL VALOR 01: Beneficiario Sistema Nacional de Garantía Juvenil.