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Cómo se tramita la formación vinculada al Contrato a Tiempo Parcial

SI LA FORMACIÓN QUE VA A REALIZAR ES PROGRAMADA (BONIFICADA)

  1. Enviar cumplimentada y firmada la siguiente documentación a Edutedis:

    1. Documento de adhesión al contrato de encomienda de organización de la formación.
    2. Matrícula de solicitud de Formación Programada por las empresas para sus trabajadores.
    3. Justificante de los requisitos a cumplir por la empresa y el trabajador para que el coste de la formación sea bonificable.
    4. Justificante del trabajador para la realización del contrato.
    5. Orden de domiciliación SEPA CORE
      – DOCUMENTOS

  2. Una vez recibida la documentación, cumplimentada y firmada, Edutedis se ocupará de hacer las gestiones pertinentes para la comunicación de la formación en la Fundación Estatal para la Formación y el Empleo ( Fundación Tripartita)
  3. Una vez comunicada la formación a la FEFE, se dará el alta al trabajador en la plataforma virtual, facilitándole las claves de acceso a la misma vía email, el mismo día de inicio del curso. Durante el periodo de ejecución de la formación el trabajador-alumno deberá conectarse a la plataforma de forma periódica para un correcto aprovechamiento del curso, y subir todas las evaluaciones obligatorias.
  4. Cuando el trabajador finalice la formación, y si el curso se ha realizado correctamente por parte del alumno, la empresa recibirá la carta de bonificación y el diploma acreditativo del alumno.

El coste de la formación se le cobrará a la empresa mediante domiciliación bancaria en el número facilitado en la orden SEPA CORE, cargando el 50% al inicio de la formación y el importe restante al finalizar.

SI LA FORMACIÓN QUE VA A REALIZAR ES PRIVADA

  1. Enviar cumplimentada y firmada la siguiente documentación a Edutedis:
    1. Matricula privada. Firmada por la empresa y el trabajador.
    2. Justificante del trabajador para la realización del contrato. A firmar por el empresario.
    3. Orden de domiciliación SEPA CORE. A firmar por el empresario.
      – DOCUMENTOS

  2. Una vez recibida la documentación, cumplimentada y firmada correctamente, Edutedis se ocupará de hacer las gestiones pertinentes para la realización de la formación, ya sea en modalidad online o distancia.
    • En caso de formación online: se dará el alta al trabajador en la plataforma virtual, facilitándole las claves de acceso a la misma vía email, el mismo día de inicio del curso. Durante el periodo de ejecución de la formación el trabajador-alumno deberá conectarse a la plataforma de forma periódica para un correcto aprovechamiento del curso, y subir todas las evaluaciones obligatorias.
    • En caso de formación a distancia: El trabajador recibirá por mensajería en la empresa el curso, guía didáctica y la documentación de seguimiento.
  3. Una vez finalizada la formación, si el curso se ha realizado correctamente, se enviará a la empresa el diploma acreditativo del alumno.

El coste de la formación se le cobrará a la empresa mediante domiciliación bancaria en el número facilitado en la orden SEPA CORE, cargando el 50% al inicio de la formación y el importe restante al finalizar.

Preguntas frecuentes

Se pueden aplicar tanto a contratos indefinidos como temporales, bien sean estos por Obra o Servicio, por Circunstancias de la Producción o por Interinidad.

Esta formación se puede bonificar en su totalidad o en parte, en función de los créditos disponibles de la empresa.

Este tipo de incentivos a la contratación implica una reducción del 100% en la cuota por contingencias comunes referentes al trabajador contratado.

La normativa tan solo establece los máximos de duración: Sería el 50% de duración de la jornada, salvo que acceda al CTPVF a través del requisito de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que en este caso podría ampliarla hasta un 75%.

Durante un máximo de 12 meses, prorrogable a otros doce meses más (24 meses en total); teniendo en cuenta que por cada año que se aplique el incentivo, tendrá que realizar 90 horas de formación

Debe de trascurrir sin relación laboral un mínimo de 6 meses si el contrato que ha tenido fue temporal y de 24 meses si estaba de forma indefinida en la misma empresa. Si fue indefinido en otra empresa debe haber transcurrido al menos 3 meses desde su finalización.

No se considera incumplida la obligación de mantenimiento del empleo por parte de la empresa cuando el despido sea por causas objetivas o por despido disciplinario, ni baja voluntaria o por resolución del período de prueba.

Además de que la persona esté dada de alta como demandante de empleo y sea menor de 30 años, la ley establece que de los 5 requisitos solo tiene que cumplir uno.

La Ley no estipula un mínimo, pero para que sea rentable para la empresa y de tiempo a realizar las 90 horas de formación anuales, aconsejamos que al menos el contrato sea no inferior a tres meses.

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