Cómo se tramita la formación vinculada al Contrato a Tiempo Parcial
SI LA FORMACIÓN QUE VA A REALIZAR ES PROGRAMADA (BONIFICADA)
- Enviar cumplimentada y firmada la siguiente documentación a Edutedis:
- Documento de adhesión al contrato de encomienda de organización de la formación.
- Matrícula de solicitud de Formación Programada por las empresas para sus trabajadores.
- Justificante de los requisitos a cumplir por la empresa y el trabajador para que el coste de la formación sea bonificable.
- Justificante del trabajador para la realización del contrato.
- Orden de domiciliación SEPA CORE
– DOCUMENTOS
- Una vez recibida la documentación, cumplimentada y firmada, Edutedis se ocupará de hacer las gestiones pertinentes para la comunicación de la formación en la Fundación Estatal para la Formación y el Empleo ( Fundación Tripartita)
- Una vez comunicada la formación a la FEFE, se dará el alta al trabajador en la plataforma virtual, facilitándole las claves de acceso a la misma vía email, el mismo día de inicio del curso. Durante el periodo de ejecución de la formación el trabajador-alumno deberá conectarse a la plataforma de forma periódica para un correcto aprovechamiento del curso, y subir todas las evaluaciones obligatorias.
- Cuando el trabajador finalice la formación, y si el curso se ha realizado correctamente por parte del alumno, la empresa recibirá la carta de bonificación y el diploma acreditativo del alumno.
El coste de la formación se le cobrará a la empresa mediante domiciliación bancaria en el número facilitado en la orden SEPA CORE, cargando el 50% al inicio de la formación y el importe restante al finalizar.
SI LA FORMACIÓN QUE VA A REALIZAR ES PRIVADA
- Enviar cumplimentada y firmada la siguiente documentación a Edutedis:
- Matricula privada. Firmada por la empresa y el trabajador.
- Justificante del trabajador para la realización del contrato. A firmar por el empresario.
- Orden de domiciliación SEPA CORE. A firmar por el empresario.
– DOCUMENTOS
- Una vez recibida la documentación, cumplimentada y firmada correctamente, Edutedis se ocupará de hacer las gestiones pertinentes para la realización de la formación, ya sea en modalidad online o distancia.
- En caso de formación online: se dará el alta al trabajador en la plataforma virtual, facilitándole las claves de acceso a la misma vía email, el mismo día de inicio del curso. Durante el periodo de ejecución de la formación el trabajador-alumno deberá conectarse a la plataforma de forma periódica para un correcto aprovechamiento del curso, y subir todas las evaluaciones obligatorias.
- En caso de formación a distancia: El trabajador recibirá por mensajería en la empresa el curso, guía didáctica y la documentación de seguimiento.
- Una vez finalizada la formación, si el curso se ha realizado correctamente, se enviará a la empresa el diploma acreditativo del alumno.
El coste de la formación se le cobrará a la empresa mediante domiciliación bancaria en el número facilitado en la orden SEPA CORE, cargando el 50% al inicio de la formación y el importe restante al finalizar.
Preguntas frecuentes
Se pueden aplicar tanto a contratos indefinidos como temporales, bien sean estos por Obra o Servicio, por Circunstancias de la Producción o por Interinidad.
Esta formación se puede bonificar en su totalidad o en parte, en función de los créditos disponibles de la empresa.
Este tipo de incentivos a la contratación implica una reducción del 100% en la cuota por contingencias comunes referentes al trabajador contratado.
La normativa tan solo establece los máximos de duración: Sería el 50% de duración de la jornada, salvo que acceda al CTPVF a través del requisito de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que en este caso podría ampliarla hasta un 75%.
Durante un máximo de 12 meses, prorrogable a otros doce meses más (24 meses en total); teniendo en cuenta que por cada año que se aplique el incentivo, tendrá que realizar 90 horas de formación
Debe de trascurrir sin relación laboral un mínimo de 6 meses si el contrato que ha tenido fue temporal y de 24 meses si estaba de forma indefinida en la misma empresa. Si fue indefinido en otra empresa debe haber transcurrido al menos 3 meses desde su finalización.
No se considera incumplida la obligación de mantenimiento del empleo por parte de la empresa cuando el despido sea por causas objetivas o por despido disciplinario, ni baja voluntaria o por resolución del período de prueba.
Además de que la persona esté dada de alta como demandante de empleo y sea menor de 30 años, la ley establece que de los 5 requisitos solo tiene que cumplir uno.
La Ley no estipula un mínimo, pero para que sea rentable para la empresa y de tiempo a realizar las 90 horas de formación anuales, aconsejamos que al menos el contrato sea no inferior a tres meses.